Cuando Solbes dice que la financiación de Catalunya cumple la Ley de financiación del Estatut de Catalunya, significa que te está tomando el pelo.

 

En el anterior Estatut, el artículo 24 establecía que: “1) Los notarios y los registradores de la propiedad y mercantiles serán nombrados por la Generalitat de Catalunya, de conformidad con las leyes del Estado. (…)”

 

Para el Estado español “nombrar” no quiere decir “nombrar”, sino todo lo contrario. Para el Estado español y para el Tribunal Constitucional significaba que el Gobierno de España los seleccionaba, lo publicaba en el BO y la Generalitat, a su vez, lo publicaba en el Diari Oficial de la Generalitat.

 

Así que Solbes, no nos vendas más la moto, ya sabemos como interpreta el Estado español las Leyes aprobadas en las Cortes y votadas por los ciudadanos de Catalunya.